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Resolución
0383/2016
Órgano de contratación
Parte recurrente
Fecha de resolución
12 de mayo de 2016
Acto recurrido
Decisión
Este resumen ha sido generado automáticamente por IA. Puede contener errores.
Hechos
Se declara desierta la licitación porque ninguna de las ofertas técnicas alcanza el mínimo de 10 puntos exigidos en el pliego. La UTE ECOCOMPUTER-LOGYTEL obtiene 4 puntos y GMV 8 puntos. La UTE recurre por falta de motivación en la valoración técnica.
- Ley 31/2007, de 30 de octubre (LCSE)
- Artículo 101 Ley 31/2007 (LCSE)
- Artículo 41 texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP)
- Artículo 16.a) Ley 31/2007 (LCSE)
- Artículo 3.1 Ley 31/2007 (LCSE)
- Disposición Adicional Segunda
- Artículo 14 Ley 31/2007 (LCSE)
- Disposición Transitoria Primera Ley 38/2015
- Artículo 102 Ley 31/2007 (LCSE)
- Artículo 83 Ley 31/2007 (LCSE)
- Artículo 84 Ley 31/2007 (LCSE)
- Artículo 84.3 LCSE
- Artículo 101 LCSE
- Artículo 106.5 LCSE
Esta resolución cita a:
- Central 334/2011 2011-12-26
- Central 272/2011 2011-11-09
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