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Resolución
370/2017
El Ayuntamiento de Tres Cantos excluyó a Producciones MIC, S.L. de la licitación para los servicios de diseño, maquetación, impresión y distribución del Boletín Informativo Municipal al considerar que su oferta era anormalmente baja y no justificó adecuadamente su viabilidad. MIC recurre esta decisión, argumentando que sí justificó la viabilidad de su oferta y que la Mesa de Contratación no motivó suficientemente su rechazo.
- TRLCSP
- TRLCSP artículo 46.2
- TRLCSP artículo 41.4
- TRLCSP artículo 42
- TRLCSP artículo 44.2
- TRLCSP artículo 40.1.a
- TRLCSP artículo 40.2.b
- TRLCSP artículo 152.3
- TRLCSP artículo 152
- TRLCSP artículo 152.4
- TRLCSP artículo 47.5
- Ley 9/2010, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y Racionalización del Sector Público artículo 3
- Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa artículo 10
- Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa artículo 46.1
- Directiva 2014/24/UE artículo 69.3
- Directiva 2014/25/UE artículo 84.3
Esta resolución aparece citada en:
- Andalucía 100/2021 2021-03-18
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