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Resolución
1457/2019
El recurrente impugna la adjudicación del contrato al considerar que la mesa de contratación no valoró correctamente el criterio de mantenimiento de empleo estable, ya que presentó la relación de trabajadores (él mismo como autónomo) y no se le puede exigir el informe de Trabajadores de Alta (ITA) porque la TGSS no lo expide para autónomos. El Tribunal revisa la valoración y considera que no hay error manifiesto, arbitrariedad o discriminación.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (artículo 45, 48, 50, 53, 57.3, 58)
- Real Decreto 1011/2013, de 20 de diciembre
- Orden DEF/244/2014, de 10 de febrero
- Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (artículos 11.1 f, 46.1)
Esta resolución cita a:
- Central 80/2012 2012-03-29
- Central 51/2012 2012-02-08
- Central 33/2012 2012-01-25
- Central 296/2011 2011-12-06
- Central 282/2011 2011-11-15
- Central 269/2011 2011-11-09
- Central 257/2011 2011-10-25
- Central 189/2011 2011-07-19
- Central 176/2011 2011-06-28
Esta resolución aparece citada en:
- Central 0521/2022 2022-05-06
- Central 1870/2021 2021-12-22
- Central 0294/2020 2020-02-27
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