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Resolución 238/2022

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Hechos

Un concejal del Ayuntamiento de Garrucha recurre la adjudicación del contrato de concesión de servicios de agua y alcantarillado, alegando que el estudio económico es antiguo y que no se han firmado convenios para la depuración y suministro de agua, lo que pone en riesgo el equilibrio económico del contrato. El Ayuntamiento defiende la legalidad del proceso y acusa al recurrente de mala fe. La empresa adjudicataria también se opone al recurso.

  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
  • Artículo 46 de la LCSP
  • Artículo 44 apartados 1 c) y 2 c) de la LCSP
  • Artículo 50.1 d) de la LCSP
  • Artículo 152 de la LCSP
  • Artículo 58.2 de la LCSP
  • Decreto 332/2011, de 2 de noviembre
  • Artículo 10.3 del Decreto 332/2011, de 2 de noviembre
  • Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre
  • Artículo 24 del Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre
  • Artículo 63 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local
  • Artículo 63.1 b) de Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local
  • Directiva 89/665/CEE, de 21 de diciembre de 1989
  • Artículo 57.3 de la LCSP
  • Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa
  • Artículos 10.1 letra k) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa

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