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Resolución
069/2018
El Ayuntamiento adjudicó el contrato a Monsul Comunicación y Publicidad, S.L. Producciones MIC, S.L. interpuso un recurso al considerar que la empresa adjudicataria no acreditó su solvencia económica y financiera. El tribunal ya había estimado parcialmente un recurso anterior sobre este mismo contrato, anulando la adjudicación inicial y ordenando retrotraer las actuaciones para verificar la solvencia de la adjudicataria. Tras subsanaciones, el Ayuntamiento volvió a adjudicar el contrato a Monsul, lo que motivó la presentación de este nuevo recurso.
- Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (TRLCSP)
- TRLCSP artículo 46.2
- TRLCSP artículo 46.3
- TRLCSP artículo 41.4
- Ley 9/2010, de 23 de diciembre
- TRLCSP artículo 42
- TRLCSP artículo 44.2
- TRLCSP artículo 40.1.a
- TRLCSP artículo 40.2.c
- TRLCSP artículo 145
- TRLCSP artículo 75.1.c
- Directiva 2014/24/UE artículo 58.3
- Directiva 2014/24/UE (83)
- TRLCSP artículo 146.5
- TRLCSP artículo 75
- Reglamento del Registro Mercantil artículo 365, punto 1
- Reglamento del Registro Mercantil artículo 365, punto 3
- TRLCSP artículo 45
- TRLCSP artículo 41.4
- Ley 9/2010, de 23 de diciembre artículo 3.2
- TRLCSP artículo 47.5
- Ley 29/1998, de 13 de julio artículo 10, letra k
- Ley 29/1998, de 13 de julio artículo 46.1
- TRLCSP artículo 49
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre artículo 87
- Reglamento General de la Ley de Contrato de las Administraciones Públicas artículo 11
Esta resolución cita a:
- Madrid 373/2017 2017-12-14
- Madrid 272/2016 2016-12-22
- Madrid 146/2016 2016-07-28
- Madrid 195/2014 2014-11-12
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