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Resolución
0734/2025
Fomento Benicasim, S.A. (FOBESA) interpone recurso contra el acuerdo de adjudicación del contrato de servicio municipal de recogida, transporte de residuos sólidos urbanos y limpieza viaria en Almoradí. La empresa recurrente alega que su oferta económica, aunque es un criterio evaluable automáticamente, fue valorada con un método que incorpora juicios de valor, que su oferta se ajusta a los pliegos y que la decisión de darle cero puntos a su oferta económica es desproporcionada. El Ayuntamiento de Almoradí adjudicó el contrato a PREZERO ESPAÑA, S.A.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 44.1.a) LCSP
- Artículo 44.2.c) LCSP
- Artículo 46.2 LCSP
- Artículo 53 LCSP
- Artículo 56.2 LCSP
- Artículo 57.3 LCSP
- Artículo 58 LCSP
- Artículo 139 LCSP
- Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre (RPERMC)
- Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa
- Artículo 10.1 letra k) Ley 29/1998
- Artículo 46.1 Ley 29/1998
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