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Resolución
285/2020
La empresa recurrente impugna la característica SUV requerida en el PPT para los vehículos del contrato de suministro, alegando que es un elemento estético que restringe la competencia.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 46.1 de la Ley 9/2017
- Artículo 48 de la LCSP
- Artículo 44 de la LCSP
- Artículo 44.1 a) de la LCSP
- Artículo 44.2.a) de la LCSP
- Artículo 50.1 letra d) de la LCSP
- Artículo 56.2 de la LCSP
- Artículo 56.3 de la LCSP
- Artículo 51 de la Ley 9/2017
- Artículo 126.6 de la Ley 9/2017
- Decreto 10/2015, de 12 de febrero
- Real decreto 814/2015, de 11 de septiembre
- Artículo 22 del Reglamento de los procedimientos especiales de revisión de decisiones en materia contractual y de organización del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales
- Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible
- Ley Orgánica 1/2018, de 5 de noviembre, de reforma del Estatuto de Autonomía de Canarias
- Artículo 37.16 de la Ley Orgánica 1/2018
- Ley canaria 17/2019, de 9 de mayo
- Artículos 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa – Administrativa
- Artículo 58 de la LCSP
Esta resolución cita a:
- Central 1260/2020 2020-11-30
- Canarias 128/2020 2020-06-17
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