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Resolución
4/2024
Una empresa recurre la adjudicación de un contrato de servicios alegando que el órgano de contratación excedió los límites de la discrecionalidad técnica al valorar las ofertas en relación con los criterios de adjudicación mediante juicio de valor.
- Ley 9/2017
- Artículo 46 de la LCSP
- Artículo 48 de la LCSP
- Artículo 44 apartados 1.a) y 2.c) de la LCSP
- Artículo 50.1 d) de la LCSP
- Artículo 50.2 del Real Decreto- ley 36/2020
- Artículo 139 LCSP
- Artículo 151 de la LCSP
- Decreto 332/2011
- Artículo 34 del Decreto-ley 3/2021
Esta resolución cita a:
- Andalucía 340/2022 2022-06-27
- Andalucía 321/2020 2020-10-01
- Andalucía 183/2017 2017-09-19
- Central 1065/2016 2016-12-15
- Andalucía 48/2016 2016-02-25
- Andalucía 418/2015 2015-12-17
- Andalucía 139/2014 2014-06-23
Esta resolución aparece citada en:
- Andalucía 103/2025 2025-02-21
- Andalucía 45/2025 2025-01-31
- Andalucía 621/2024 2024-12-05
- Andalucía 599/2024 2024-11-29
- Andalucía 215/2024 2024-05-24
- Andalucía 128/2024 2024-03-27
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