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Resolució
0038/2020
Medicina Asturiana, S.A. recurre la resolución que la excluye de la licitación y adjudica el contrato a Centro Pet Hospital Jove, S.L. Alega que no es necesario disponer de cabina de flujo laminar blindada, requisito exigido en el PPT, para la correcta realización de las pruebas PET/TC. El recurrente ya había presentado un recurso anterior contra su exclusión que fue desestimado por este mismo tribunal.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (art. 44.1, 44.2, 46.1, 46.2, 48, 50.1, 51.1, 53, 56.2, 56.3, 58, 139.1)
- Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (art. 11.1.f, 46.1)
Esta resolución cita a:
- Central 1307/2019 2019-11-18
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