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Resolución
159/2019
La ASOCIACIÓN DE EMPRESAS DE MANTENIMIENTO INTEGRAL Y SERVICIOS ENERGÉTICOS (AMI) interpone un recurso contra el acuerdo de desistimiento del procedimiento de adjudicación del contrato de servicios energéticos para el Hospital Universitario Araba – Sede Txagorritxu, tramitado por Osakidetza. El desistimiento se basa en la incompatibilidad de los pliegos con el Decreto 23/2019, que declara la contratación centralizada del suministro de energía eléctrica.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre, Reglamento de los procedimientos especiales de revisión de decisiones en materia contractual
- Ley 29/1998, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, artículo 45.2.d)
- Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común
- Real Decreto-Ley 6/2010, de medidas para la recuperación económica y el empleo
- Decreto 23/2019, de 19 de febrero
- Decreto 116/2016
- Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector público, artículo 14.1
- Ley 5/2010, de 23 de diciembre, Disposición Adicional Octava
- Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, LJ, artículo 44.1
- Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, LJ, artículo 46. 1
- Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, LJ, artículo 10 k)
Esta resolución cita a:
- Euskadi 129/2018 2018-10-04
- Euskadi 031/2017 2017-03-03
Esta resolución aparece citada en:
- Euskadi 175/2025 2025-11-14
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