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Resolución
092/2022
El abogado L.H.R. interpone un recurso contra los pliegos del contrato de servicio de asesoramiento jurídico del Ayuntamiento de Orozko. El recurrente alega que el ayuntamiento no puede contratar estas prestaciones porque implican el desempeño de funciones públicas que corresponden a funcionarios. Además, señala contradicciones en los pliegos respecto al seguro de responsabilidad civil y al perfil lingüístico exigido, así como en la valoración de la experiencia como criterio de adjudicación.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 48 de la LCSP
- Artículo 44.1 a) de la LCSP
- Artículo 44.2 a) de la LCSP
- Artículo 50.1 LCSP
- Artículo 3 de la LCSP
- Artículo 87.1.b) de la LCSP
- Artículo 145.2. 2º de la LCSP
- Artículo 57.2 de la LCSP
- Artículo 46.1 de la LCSP
- Disposición Adicional Octava de la Ley 5/2010
- Artículo 44.1 Ley 29/1998
- Artículo 46. 1 LJ
- Artículo 10.1 k) LJ
- Artículo 59.1 de la LCSP
Esta resolución cita a:
- Euskadi 155/2020 2020-11-19
- Euskadi 126/2020 2020-09-28
- Euskadi 220/2019 2019-12-26
- Euskadi 189/2019 2019-11-12
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