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Resolución
0485/2019
Órgano de contratación
Parte recurrente
Fecha de resolución
9 de mayo de 2019
Acto recurrido
Decisión
Este resumen ha sido generado automáticamente por IA. Puede contener errores.
Hechos
El Director General de la Autoridad Portuaria de Barcelona desiste de la licitación del contrato de servicios para la “gestión de movilidad en las explanadas de las terminales de cruceros”, al entender que existe una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato, por no haberse incluido en la documentación de la licitación la información sobre las condiciones de los contratos de trabajo.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes (LCSE)
- Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre
- Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre
- artículo 45 de la Ley 9/2017
- artículos 50 y 51 de la LCSP
- artículo 48 de la LCSP
- artículo 24.1 del Real Decreto 814/2015
- Disposición Adicional Segunda.10 de la Ley 31/2007
- Disposición Adicional Vigésima Segunda.1 del Real Decreto Legislativo 3/2011
- artículos 25 y 108.b) del Real Decreto Legislativo 2/2011
- artículo 12.b) de la LCSE
- artículo 16 de la LCSE
- artículo 44.6 de la LCSP
- artículo 22 del Real Decreto 814/2015
- artículo 16 de la LCSE
- artículo 318.b de la LCSP
- Disposición Adicional Cuarta de la LCSE
- Disposición Adicional Octava de la LCSP
- artículo 58 de la LCSP
Esta resolución cita a:
- Central 1174/2018 2018-12-17
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