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Resolució
0805/2019
Varias empresas recurren el informe de valoración de ofertas para un contrato de transporte sanitario. Alegan falta de claridad en los pliegos respecto a la documentación necesaria y los criterios de valoración, especialmente en lo referente a la certificación técnico-sanitaria y el equipamiento especial de las ambulancias. Tras el recurso, el órgano de contratación rectifica la valoración de una de las ofertas.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 46 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 48.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 53 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 55 LCSP
- Artículo 44 LCSP
- Artículo 44.2 del TRLCSP
- Artículo 160.2 del TRLCSP
- Artículo 58 de la LCSP
- Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre
- Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre
- Artículo 134 del Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre
- Orden PRE/1435/2013, de 23 de julio
- Artículo 31 de la Orden PRE/1435/2013, de 23 de julio
- Artículo 6 de la Orden PRE/1435/2013, de 23 de julio
- Real Decreto 70/2019, de 15 de febrero
- Decreto 66/2017, de 19 de septiembre
- Artículo 1 del Decreto 66/2017, de 19 de septiembre
- artículos 115.3 y 116.1 del TRLCSP
- art. 145.1 del TRLCSP
- art. 40.2.a)
- artículos 11.1.f) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio
Esta resolución cita a:
- Central 199/2012 2012-09-19
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