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Resolución 141/2025

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Hechos

La empresa GTD presenta un recurso contra la adjudicación del contrato a CONSULTORÍA Y GESTIÓN SANITARIA S.L., alegando errores en la valoración de las ofertas y falta de acreditación de solvencia técnica por parte de la adjudicataria. La mesa de contratación revisó los certificados aportados por la empresa adjudicataria, apreciando que éstos responden a servicios de similares características (transporte de paquetes) siendo uno de ellos del Hospital Universitario Doce de Octubre, que reúne similares características y tamaño con éste Hospital. El órgano de contratación considera incorrecta la manifestación de la recurrente que insiste en que en que la exclusión de la empresa TRANSPORTES FRIGORÍFICOS RP S.A. conlleva la recalificación de los informes de valoración, actuación que no procede de conformidad con el artículo 150.2.

  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
  • Artículo 149 de la Ley 9/2017
  • Artículo 56.2 de la LCSP
  • Artículo 56.3 de la LCSP
  • Artículo 46.1 de la LCSP
  • Ley 9/2010, de 23 de diciembre
  • Artículo 48 de la LCSP
  • Artículo 50.1 de la LCSP
  • Artículo 44.1.a) de la LCSP
  • Artículo 44.2.c) de la LCSP
  • Artículo 139.1 de la LCSP
  • Artículo 90.1.a) de la LCSP
  • Artículo 150.2 de la LCSP
  • Artículo 90 de la LCSP
  • Artículo 57.3 de la LCSP
  • Artículo 58 de la LCSP
  • Artículo 10, letra k) de la Ley 29/1998
  • Artículo 46.1 de la Ley 29/1998
  • Artículo 59 de la LCSP

Esta resolución cita a:

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