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Resolución
200/2022
La SOCIEDAD COOPERATIVA OBREROS DE EZCARAY interpone recurso contra la adjudicación del contrato. Se requiere a la empresa para que acredite la representación de la persona que interpone el recurso, pero la notificación es rechazada. Tras no subsanarse la falta de acreditación en el plazo otorgado, se considera que la empresa desiste del recurso.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPA)
- Ley 5/2010, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2011
- Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (LJ)
- LCSP artículo 56.2
- LCSP artículo 51.1.a)
- LCSP artículo 51.2
- LCSP artículo 46.1
- LCSP artículo 59.1
- LPA artículo 43.2
- LPA artículo 41.5
- LPACAP artículo 84.1
No se ha encontrado ninguna resolución citada
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