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Resolución
1390/2019
La empresa recurrente fue excluida de la licitación por no justificar adecuadamente su oferta como centro especial de empleo para los servicios de conducción. La mesa de contratación consideró que no cumplía con los requisitos del Real Decreto 2273/1985. Tras la exclusión, se propuso a otra empresa como adjudicataria.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (artículo 45.1, 48, 44.1.a, 101.1.a, 101.2, 58.2)
- Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre (artículo 22.1.1º, 22.1. 2º, 22.1. 3º y 4º)
- Real Decreto 2273/1985, de 4 de diciembre (artículo 7)
- Ley 66/1997 de 30 de diciembre
- Ley 39/2015, de 1 de Octubre (art. 47.1.e, art. 48.1)
- Real Decreto-Ley 5/2006, de 9 de junio
- Ley 29/1998, de 13 de julio (artículos 11.1, letra f y 46.1)
Esta resolución aparece citada en:
- Central 0838/2020 2020-07-24
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