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Resolución 59/2022

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Hechos

MEDIAPRODUCCIÓN, SL recurre la resolución que la excluye del lote 1 del acuerdo marco debido a que no alcanzó la puntuación mínima en la evaluación de las ofertas por criterios de juicio de valor, ya que el enlace a su oferta estaba caducado. La empresa alega que la extensión del plazo de vigencia del enlace no implica una modificación de su oferta y solicita la anulación de la resolución de exclusión y la retroacción de las actuaciones. Posteriormente, MEDIAPRODUCCIÓN solicita que se la tenga por desistida del recurso.

  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
  • Ley 7/2011, de 27 de julio, de medidas fiscales y financieras de la Generalitat de Catalunya
  • Decreto 221/2013, de 3 de septiembre
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC)
  • Artículo 46.2 de la Ley 9/2017
  • Disposición adicional cuarta de la Ley 7/2011
  • Artículo 44.1 b) de la LCSP
  • Artículo 44.2 b) de la LCSP
  • Artículo 56.1 de la LCSP
  • Disposición final cuarta de la LCSP
  • Artículo 84.1 de la LPAC
  • Artículo 94.4 de la LPAC
  • Artículo 5.3 de la LPAC
  • Artículo 58.2 de la LCSP
  • Artículo 10.1 k) de la Ley 29/1998
  • Artículo 46.1 de la Ley 29/1998
  • Artículo 59 de la LCSP

Esta resolución cita a:

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