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Resolución
59/2022
MEDIAPRODUCCIÓN, SL recurre la resolución que la excluye del lote 1 del acuerdo marco debido a que no alcanzó la puntuación mínima en la evaluación de las ofertas por criterios de juicio de valor, ya que el enlace a su oferta estaba caducado. La empresa alega que la extensión del plazo de vigencia del enlace no implica una modificación de su oferta y solicita la anulación de la resolución de exclusión y la retroacción de las actuaciones. Posteriormente, MEDIAPRODUCCIÓN solicita que se la tenga por desistida del recurso.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Ley 7/2011, de 27 de julio, de medidas fiscales y financieras de la Generalitat de Catalunya
- Decreto 221/2013, de 3 de septiembre
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC)
- Artículo 46.2 de la Ley 9/2017
- Disposición adicional cuarta de la Ley 7/2011
- Artículo 44.1 b) de la LCSP
- Artículo 44.2 b) de la LCSP
- Artículo 56.1 de la LCSP
- Disposición final cuarta de la LCSP
- Artículo 84.1 de la LPAC
- Artículo 94.4 de la LPAC
- Artículo 5.3 de la LPAC
- Artículo 58.2 de la LCSP
- Artículo 10.1 k) de la Ley 29/1998
- Artículo 46.1 de la Ley 29/1998
- Artículo 59 de la LCSP
Esta resolución cita a:
- Cataluña 2/2022 2022-02-02
- Cataluña 319/2021 2021-10-27
- Cataluña 302/2021 2021-10-13
- Cataluña 262/2021 2021-09-08
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