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Resolución
168/2021
La empresa ELECTRICIDAD N. OSES, S.A. interpone recurso contra el acuerdo de adjudicación del contrato de “Suministro de material eléctrico para la Brigada municipal de Obras” al considerar que su oferta fue excluida incorrectamente. El motivo de la exclusión fue que, según el órgano de contratación, no presentó oferta a tres productos, cuando sí lo hizo, pero debido al formato de la hoja de cálculo, los precios iguales a cero se mostraron como "- €". La recurrente alega que esto podría haberse aclarado fácilmente.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- LCSP 44.1 a)
- LCSP 44.2 c)
- LCSP 3
- LCSP 56.2
- LCSP 57.3
- LCSP 57.4
- LCSP 156
- LCSP 150
- LCSP 157
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas 115.2
- Ley 5/2010, de 23 de diciembre, Disposición Adicional Octava
- Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa 44.1
- Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa 46.1
- Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa 10.1 k)
- LCSP 59.1
Esta resolución cita a:
- Euskadi 162/2020 2020-11-27
- Euskadi 212/2019 2019-12-05
- Euskadi 143/2017 2017-12-28
- Euskadi 115/2016 2016-10-27
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