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Resolució
448/2023
EUROMED PHARMA SPAIN S.L. interpone recurso contra los pliegos del acuerdo marco para el suministro de medicamentos, alegando que las especificaciones técnicas de los lotes 4 y 5 son restrictivas de la concurrencia. El órgano de contratación desiste del lote 4 debido a infracciones no subsanables en las prescripciones técnicas. Respecto al lote 5, la recurrente alega que la exigencia de que la botella no sea de vidrio y sea irrompible es injustificada, impidiéndole participar.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículos 44, 46, 48, 50, 57, 58, 63, 123, 124, 126, 152 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo
- Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre
- Decreto 332/2011, de 2 de noviembre
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Artículo 21.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa
- Artículos 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa
Esta resolución cita a:
- Andalusia 232/2023 2023-05-10
- Andalusia 523/2021 2021-12-03
- Andalusia 178/2021 2021-05-06
- Andalusia 107/2021 2021-03-25
- Andalusia 8/2021 2021-01-21
- Andalusia 401/2020 2020-11-19
- Andalusia 176/2020 2020-06-01
- Madrid 425/2019 2019-10-02
- Central 1147/2017 2017-11-30
Esta resolución es citada en:
- Andalusia 487/2025 2025-08-08
- Catalunya 044/2025 2025-02-05
- Andalusia 549/2023 2023-11-03
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