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Resolución
0856/2026
El contrato de servicios se licitó mediante procedimiento abierto y sujeto a regulación armonizada, financiado con fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. LIBELIUM LAB, S.L. fue inicialmente propuesta como adjudicataria, pero fue excluida por no cumplir la solvencia técnica. Tras un recurso anterior (1986-2025), el Tribunal ordenó subsanar la solvencia, lo cual LIBELIUM realizó. Posteriormente, el órgano de contratación adjudicó el contrato a LIBELIUM LAB, S.L.U., pero el 23 de marzo de 2026, el órgano de contratación renunció a la formalización del contrato, alegando causas de interés público relacionadas con la inviabilidad de ejecutar el proyecto dentro de los plazos del PRTR debido a retrasos y la complejidad del proyecto.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, artículos 28, 36.1, 44.1.a), 44.2.b), 47, 48, 49, 50.1.c), 56.2, 58.2, 152, 152.2, 152.3, 153.1
- Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos especiales de revisión en materia contractual y de organización del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales
- Real Decreto-Ley 36/2020, artículos 37, 58.2
- Real Decreto-Ley 6/2022, de 29 de marzo, disposición final trigésima primera, apartado cinco
- Ley 39/2015, artículo 35
- Reglamento (UE) 2021/241, artículos 22, 24
- Real Decreto 1062/2024, artículo 7
- Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, artículos 11.1.f, 46.1
Esta resolución cita a:
- Central 1732/2025 2025-11-27
- Central 1120/2015 2015-12-03
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