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Resolución
223/2019
Órgano de contratación
Licitación
Parte recurrente
Fecha de resolución
4 de julio de 2019
Acto recurrido
Decisión
Este resumen ha sido generado automáticamente por IA. Puede contener errores.
Hechos
La empresa recurrente presenta un recurso contra la resolución del órgano de contratación que la excluye de la licitación y declara desierto el procedimiento. La exclusión se basa en que, según el órgano de contratación, la empresa no acreditó suficientemente la solvencia técnica o profesional requerida en los pliegos. La recurrente alega que sí cumplió con los requisitos de solvencia y que la configuración de la solvencia en los pliegos vulnera el principio de libre concurrencia.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 46.1 de la LCSP
- Artículo 48 de la LCSP
- Artículo 44 de la LCSP
- Artículo 44. 2 letra a) de la LCSP
- Artículo 50 de la LCSP
- Artículo 50. 1, letra b) de la LCSP
- Artículo 57.1 de la LCSP
- Artículo 57.3 de la LCSP
- Artículo 58.2 de la LCSP
- Artículo 90.1 de la LCSP
- Artículo 74.2 de la LCSP
- Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo
- Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre (RGLCAP)
- Artículo 11.4 a) del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas
- Decreto 332/2011, de 2 de noviembre
- Decreto 120/2014, de 1 de agosto
- Orden de 14 de diciembre de 2011
- Ley 29/1998, de 13 de julio
- Artículo 10.1 letra k) de la Ley 29/1998
- Artículo 46.1 de la Ley 29/1998
Esta resolución cita a:
- Andalucía 16/2019 2019-01-24
- Andalucía 49/2018 2018-02-23
- Andalucía 187/2017 2017-09-26
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