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Resolución
222/2023
La recurrente impugna la resolución de adjudicación del acuerdo marco, específicamente su exclusión en los lotes 4, 6 y 8, alegando errores en la interpretación de la fecha de vigencia del seguro y en el importe del seguro ofertado. La administración alega que la recurrente intenta subsanar documentación fuera de plazo y que sería contrario a la normativa permitir alterar la proposición inicial.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 44 apartados 1.b) y 2.c) de la LCSP
- Artículo 46 de la LCSP
- Artículo 48 de la LCSP
- Artículo 50.1 apartado c) de la LCSP
- Artículo 58.2 de la LCSP
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Artículo 45
- Decreto 332/2011, de 2 de noviembre
- Decreto 120/2014, de 1 de agosto
- Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Artículos 10.1 letra k) y 46.1
Esta resolución cita a:
- Andalucía 270/2021 2021-07-08
- Andalucía 138/2021 2021-04-15
- Andalucía 119/2020 2020-05-21
- Andalucía 386/2019 2019-11-14
- Andalucía 233/2019 2019-07-16
- Andalucía 257/2018 2018-09-19
- Andalucía 218/2018 2018-07-13
Esta resolución aparece citada en:
- Cataluña 470/2024 2024-12-11
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