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Resolución 222/2023

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Hechos

La recurrente impugna la resolución de adjudicación del acuerdo marco, específicamente su exclusión en los lotes 4, 6 y 8, alegando errores en la interpretación de la fecha de vigencia del seguro y en el importe del seguro ofertado. La administración alega que la recurrente intenta subsanar documentación fuera de plazo y que sería contrario a la normativa permitir alterar la proposición inicial.

  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
  • Artículo 44 apartados 1.b) y 2.c) de la LCSP
  • Artículo 46 de la LCSP
  • Artículo 48 de la LCSP
  • Artículo 50.1 apartado c) de la LCSP
  • Artículo 58.2 de la LCSP
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Artículo 45
  • Decreto 332/2011, de 2 de noviembre
  • Decreto 120/2014, de 1 de agosto
  • Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Artículos 10.1 letra k) y 46.1

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