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Resolución 059/2023

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Hechos

La empresa TECMAN recurre la adjudicación del contrato de servicios de conducción y mantenimiento del Museo Cristóbal Balenciaga a GIROA, S.A.U. TECMAN alega que la oferta de GIROA debería ser excluida por no incluir el incremento por pluses de nocturnidad en el precio por hora nocturna, incumpliendo el Convenio Colectivo, los pliegos y el artículo 149 de la LCSP. TECMAN argumenta que el precio por hora del horario nocturno debe ser un 20% más elevado que el del servicio diurno, pero GIROA ha ofertado un precio menor para el servicio nocturno. TECMAN también considera que el poder adjudicador debió haber excluido la oferta de GIROA o haber abierto un trámite por oferta anormalmente baja.

  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
  • Artículo 56.2 de la Ley 9/2017
  • Artículo 44.1 a) de la LCSP
  • Artículo 44.2 c) de la LCSP
  • Artículo 50.1 LCSP
  • Artículo 3 de la LCSP
  • Artículo 149 de la LCSP
  • Artículo 211.1 i) de la LCSP
  • Artículo 46.1 de la LCSP
  • Artículo 149.4 de la LCSP
  • Artículo 149.2 b) de la LCSP
  • Ley 5/2010, de 23 de diciembre
  • Artículo 44.1 Ley 29/1998, de 13 de julio
  • Artículo 46. 1 Ley 29/1998, de 13 de julio
  • Artículo 10.1 k) Ley 29/1998, de 13 de julio
  • Artículo 59.1 de la LCSP

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