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Resolución
547/2021
Una empresa recurre la adjudicación del contrato al considerar que la oferta de la empresa adjudicataria tiene errores en el cálculo del coeficiente de superficie, lo que afectaría a la valoración de la oferta. El órgano de contratación defiende la validez de la adjudicación basándose en informes técnicos que avalan la correcta valoración de la oferta adjudicataria.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 46 de la LCSP
- Decreto 332/2011, de 2 de noviembre
- Artículo 48 de la LCSP
- Artículo 44.1.a) y 2.c) de la LCSP
- Artículo 50.1 d) de la LCSP
- Artículo 57.3 de la LCSP
- Artículo 58.2 de la LCSP
Esta resolución cita a:
- Andalucía 113/2020 2020-05-14
- Andalucía 250/2019 2019-08-02
- Andalucía 198/2019 2019-06-19
- Andalucía 333/2018 2018-11-27
- Andalucía 221/2016 2016-09-16
- Andalucía 120/2015 2015-03-25
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