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Resolución
428/2020
Órgano de contratación
Parte recurrente
Fecha de resolución
11 de diciembre de 2020
Acto recurrido
Decisión
Este resumen ha sido generado automáticamente por IA. Puede contener errores.
Hechos
La empresa EXPERTOS recurre la adjudicación del contrato a CAPATEST, alegando que esta última no cumplió con los requisitos del pliego, específicamente en relación con la presentación del certificado de autorización de comercialización de los equipos ofertados y la fecha de dicho certificado. VEIASA defiende que CAPATEST no estaba obligada a presentar dicha comunicación ya que no se habían recibido comunicaciones de anomalías que impidieran la comercialización de los equipos.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 46.1 LCSP
- Artículo 48 LCSP
- Artículo 44 LCSP
- Artículo 50.1 d) LCSP
- Disposición Adicional decimoquinta LCSP
- Artículo 57.1 LCSP
- Artículo 57.3 LCSP
- Artículo 58.2 LCSP
- Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo
- Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre
- Decreto 332/2011, de 2 de noviembre
- Ley 29/1998, de 13 de julio
- Artículo 10.1 letra k) Ley 29/1998
- Artículo 46.1 Ley 29/1998
- Artículo 217.2 de la LEC
Esta resolución cita a:
- Andalucía 424/2020 2020-12-03
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