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Resolución
131/2018
HIDRALIA recurre los pliegos del contrato de concesión del servicio del ciclo integral del agua en Garrucha. Anteriormente, FCC Aqualia interpuso otro recurso (125/2018) contra los mismos pliegos, que fue estimado por el Tribunal en la Resolución 130/2018, anulando los pliegos. El Ayuntamiento de Garrucha no ha publicado su perfil de contratante en los sitios designados por la ley.
- Decreto 332/2011, de 2 de noviembre, artículo 10.3
- Decreto 120/2014, de 1 de agosto
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, disposición transitoria primera
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, disposición final decimosexta
- Ley 31/2017, de 30 de octubre, artículo 3
- Directiva 2014/25/UE, de 26 de febrero de 2014, artículo 4
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, artículo 48
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, artículo 4.1
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, disposición final cuarta
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, artículo 44.1
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, artículo 44.2.a
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, artículo 50.1 b
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, artículo 347
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, artículo 39.2 c
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, artículo 57.3
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, artículo 58.2
- Ley 29/1998, de 13 de julio, artículo 10.1 letra K
- Ley 29/1998, de 13 de julio, artículo 46.1
Esta resolución cita a:
- Andalucía 130/2018 2018-05-10
- Andalucía 125/2018 2018-05-04
- Andalucía 145/2017 2017-07-14
- Andalucía 104/2017 2017-05-19
- Andalucía 31/2017 2017-02-09
- Andalucía 77/2016 2016-04-21
- Andalucía 7/2016 2016-01-20
Esta resolución aparece citada en:
- Andalucía 516/2024 2024-12-05
- Andalucía 367/2021 2021-10-08
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