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Resolución
209/2021
El Sindicato CCOO recurre los pliegos del contrato de limpieza de espacios públicos de Madrid, argumentando que el convenio colectivo utilizado para calcular los costes laborales no es el correcto (se usó el de 2018-2020 en lugar del 2021-2025). El Ayuntamiento defiende que el convenio más reciente no estaba en vigor al iniciarse la licitación y que la diferencia en costes es mínima. CCOO también alega que dar 50 puntos a la baja económica afectará a los trabajadores.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 56.2 de la Ley 9/2017
- Artículo 46.4 de la LCSP
- Artículo 3 de la Ley 9/2010, de 23 de diciembre
- Artículo 48 de la LCSP
- Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre
- Artículo 44.1.a) y 2.a) de la LCSP
- Artículo 50.1.b) de la LCSP
- Artículo 102.3 de la LCSP
- Artículo 309 de la LCSP
- Artículo 34.1 de la LCSP
- Artículo 82.3 del Estatuto de los Trabajadores (ET)
- Artículo 90.4 del Estatuto de los Trabajadores (ET)
- Artículo 90.1 del ET
- Artículo 100 de la LCSP
- Artículo 7.4 del Real Decreto 55/2017, de 3 de febrero
- Artículo 100.2 de la LCSP
- Artículo 130 de la LCSP
- Artículo 201 de la LCSP
- Artículo 49.4 de la LCSP
- Artículo 58.2 de la LCSP
- Artículo 3.5 de la Ley 9/2010, de 23 de diciembre
- Artículo 10, letra k) de la Ley 29/1998, de 13 de julio
- Artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio
- Artículo 59 de la LCSP
Esta resolución cita a:
- Madrid 315/2018 2018-10-10
Esta resolución aparece citada en:
- Andalucía 515/2025 2025-08-29
- Andalucía 355/2025 2025-06-16
- Andalucía 214/2025 2025-04-23
- Andalucía 199/2025 2025-04-11
- Andalucía 145/2025 2025-03-11
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