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Resolución
0641/2021
La empresa recurrente fue excluida de la licitación para el suministro de luminarias en el Puerto de Valencia por no acreditar suficientemente los requisitos previos exigidos en los pliegos. Tras un primer recurso estimado por allanamiento, la empresa fue readmitida, pero posteriormente excluida de nuevo al no aportar la documentación requerida, específicamente el certificado de laboratorio ENAC que acreditara la equivalencia de las luminarias ofertadas con las especificaciones técnicas del pliego. La empresa recurre esta segunda exclusión, alegando errores en los requerimientos y la imposibilidad de cumplir con las exigencias técnicas, solicitando la retroacción del procedimiento.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 45.1 de la LCSP
- Artículo 44.1.a) LCSP
- Artículo 48 LCSP
- Artículo 139.1 de la LCSP
- Artículo 150.2 LCSP
- Artículo 56.3 de la Ley 9/2017
- Artículos 49 y 56 de la LCSP
- Artículos 11.1.f) y 46.1 de la Ley 29/1998
- Artículo 58 de la LCSP
Esta resolución cita a:
- Central 47/2012 2012-02-02
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