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Resolución
0268/2025
Se excluyó a la UTE recurrente y se declaró desierto el lote 1 del contrato de concesión de servicios del Puerto Deportivo de Mar de Cristal debido a incongruencias entre la oferta técnica y el estudio económico-financiero presentado.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 122.1 de la Ley 9/2017
- Artículo 139.3 de la Ley 9/2017
- Artículo 150.3 de la Ley 9/2017
- Artículo 46.2 de la Ley 9/2017
- Artículo 44.2 letra b) de la Ley 9/2017
- Artículo 44.1 letra c) de la Ley 9/2017
- Artículo 48 de la Ley 9/2017
- Artículo 50 de la Ley 9/2017
- Artículo 51 de la Ley 9/2017
- Artículo 50.1 letra c) de la Ley 9/2017
- Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre
- Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo
- Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre
- Artículo 19.3 del Real Decreto 814/2015
- Artículo 17 a 21 del Real Decreto 814/2015
- Artículo 42 del TRLCSP
- Artículo 150.1 LCSP
- Artículo 139.2 de la LCSP
- Directiva 2014/25/UE
- Artículo 82.4 de la Directiva 2014/25/UE
- Directiva 2014/24/UE
- Artículo 67.4 de la Directiva 2014/24/UE
Esta resolución cita a:
- Central 1074/2018 2018-11-23
- Central 212/2011 2011-09-13
- Central 105/2011 2011-04-14
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