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Resolución 0986/2018

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Hechos

Se interponen recursos contra los pliegos de la licitación. Los recurrentes argumentan que, tras la publicación de los pliegos rectificados el 9 de mayo de 2018, la normativa aplicable debería ser la Ley 9/2017 (LCSP) y no el TRLCSP, lo que les permitiría impugnar aspectos ya resueltos o consentidos en un recurso anterior. El tribunal ya había estimado parcialmente un recurso anterior (Resolución 195/2018), anulando parte del PPT y ordenando la retroacción de las actuaciones.

  • Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (TRLCSP)
  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
  • Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre (RPERMC), artículo 13
  • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP), artículos 49 y 51
  • Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, artículos 10.1.k) y 46.1

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