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Resolució
1142/2015
Se excluyeron las ofertas de GARDA y SEGUR IBÉRICA por no cumplir con el precio mínimo establecido en el pliego, ya que el resultado de multiplicar el precio por hora ofertado por el número total de horas era inferior al precio mínimo de licitación. Se propuso la adjudicación a EULEN SEGURIDAD, S.A.
- artículo 41.3 del TRLCSP
- artículo 42 del TRLCSP
- artículo 40.2, c) del TRLCSP
- artículo 44.2 del TRLCSP
- artículo 43 y 46 del TRLCSP
- artículo 47.4 del TRLCSP
- artículo 47.5 del TRLCSP
- artículo 73 de la Ley 30/1992
- artículo 145.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público
- artículo 22.1.1º del Reglamento de los procedimientos especiales de revisión de decisiones en materia contractual y de organización del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, aprobado por Real Decreto 814/2015
- artículo 10.1 k) y 46.1 de la Ley 29/1998
- artículo 74 del convenio colectivo estatal de las empresas de seguridad
- Ley 46/1998, de 17 de diciembre sobre Introducción del Euro, artículo 11
Esta resolución es citada en:
- Catalunya 41/2017 2017-02-16
- Catalunya 42/2017 2017-02-16
- Catalunya 33/2017 2017-02-13
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