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Resolución
300/2024
El COL·LEGI D’ARQUITECTES DE CATALUNYA (COAC) presenta un recurso contra los pliegos al considerar que los criterios de valoración no cumplen con el mínimo del 51% de criterios cualitativos exigido por la LCSP para contratos de servicios del Anexo IV. Posteriormente, el COAC manifiesta su voluntad de desistir del recurso.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público (LCSP)
- Artículo 145.3 de la Ley 9/2017
- Artículo 46.2 de la LCSP
- Disposición adicional cuarta de la Ley 7/2011
- Decreto 221/2013, de 3 de septiembre
- Artículo 44.1 a) de la LCSP
- Artículo 44.2 a) de la LCSP
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (LPAC)
- Artículo 56.1 de la LCSP
- Disposición final cuarta de la LCSP
- Artículo 84.1 de la LPAC
- Artículo 94.4 de la LPAC
- Artículo 5.3 de la LPAC
- Artículo 58.2 de la LCSP
- Artículo 10.1 k) de la Ley 29/1998
- Artículo 46.1 de la Ley 29/1998
- Artículo 59 de la LCSP
Esta resolución cita a:
- Cataluña 251/2024 2024-06-27
- Cataluña 654/2023 2023-12-13
- Cataluña 477/2023 2023-07-26
- Cataluña 229/2023 2023-03-29
- Cataluña 81/2023 2023-02-01
- Cataluña 318/2021 2021-10-27
- Cataluña 96/2021 2021-03-25
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