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Resolución 300/2024

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Hechos

El COL·LEGI D’ARQUITECTES DE CATALUNYA (COAC) presenta un recurso contra los pliegos al considerar que los criterios de valoración no cumplen con el mínimo del 51% de criterios cualitativos exigido por la LCSP para contratos de servicios del Anexo IV. Posteriormente, el COAC manifiesta su voluntad de desistir del recurso.

  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público (LCSP)
  • Artículo 145.3 de la Ley 9/2017
  • Artículo 46.2 de la LCSP
  • Disposición adicional cuarta de la Ley 7/2011
  • Decreto 221/2013, de 3 de septiembre
  • Artículo 44.1 a) de la LCSP
  • Artículo 44.2 a) de la LCSP
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (LPAC)
  • Artículo 56.1 de la LCSP
  • Disposición final cuarta de la LCSP
  • Artículo 84.1 de la LPAC
  • Artículo 94.4 de la LPAC
  • Artículo 5.3 de la LPAC
  • Artículo 58.2 de la LCSP
  • Artículo 10.1 k) de la Ley 29/1998
  • Artículo 46.1 de la Ley 29/1998
  • Artículo 59 de la LCSP

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