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Resolución
240/2025
Órgano de contratación
Parte recurrente
Fecha de resolución
19 de junio de 2025
Acto recurrido
Decisión
Este resumen ha sido generado automáticamente por IA. Puede contener errores.
Hechos
VIAJES OLYMPIA recurre su exclusión del procedimiento de licitación del contrato de viajes vacacionales para mayores de 60 años en Leganés. La empresa fue excluida por no justificar adecuadamente su oferta, considerada anormalmente baja. VIAJES OLYMPIA argumenta que el requerimiento de justificación fue genérico y que su oferta es viable, dada la naturaleza del contrato y los acuerdos que tiene con proveedores. El Ayuntamiento de Leganés defiende la exclusión, argumentando que la empresa no proporcionó documentación que respaldara su justificación de precios bajos.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 46.4 de la LCSP
- Artículo 3 de la Ley 9/2010, de 23 de diciembre
- Artículo 48 de la LCSP
- Artículo 50.1 de la LCSP
- Artículo 44.1.a) y 2 b) de la LCSP
- Artículo 149 de la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 149.4 LCSP
- Artículo 56.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre
- Artículo 56.3 de la LCSP
- Artículo 58 de la LCSP
- Artículo 59 de la LCSP
- Artículos 10, letra k) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio
Esta resolución cita a:
- Madrid 235/2022 2022-06-22
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