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Acuerdo
70/2019
Las recurrentes fueron excluidas de la adjudicación por no presentar la póliza de seguro de responsabilidad civil requerida en el plazo establecido. En su lugar, presentaron un compromiso de contratar la póliza. El órgano de contratación consideró que la falta de presentación de la póliza en el plazo era un defecto insubsanable.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Ley 3/2011, de 24 febrero, de medidas en materia de Contratos del Sector Público de Aragón
- artículo 56.2 de la Ley 9/2017
- artículo 51.2 de la Ley 9/2017
- artículo 56.3 de la Ley 9/2017
- artículo 48 de la Ley 9/2017
- artículo 17.2.a) de la Ley 3/2011
- artículo 44.1.b) y 2.c) de la Ley 9/2017
- artículo 46 de la Ley 9/2017
- artículos 2, 17 y siguientes de la Ley 3/2011
- artículo 53 de la Ley 9/2017
- artículo 59 de la Ley 9/2017
- artículos 10.1.k) y 46.1 de la Ley 29/1998
Esta resolución cita a:
- Andalucía 53/2016 2016-02-25
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