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Resolución
0789/2018
ASEPEYO convocó una licitación pública para el servicio de oftalmología. El recurrente, disconforme con la adjudicación, presenta un recurso especial alegando discrepancias en la valoración de los subcriterios de adjudicación y la duplicidad de la exigencia de experiencia como criterio de solvencia y adjudicación.
- Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre
- Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo
- Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre
- Ley 9/2017, artículo 48
- Ley 9/2017, Disposición Transitoria 1ª
- Directiva 2014/24/UE
- Ley 29/1998, de 13 de julio, artículo 11
- Ley 29/1998, de 13 de julio, artículo 46.1
Esta resolución cita a:
- Central 290/2012 2012-12-13
- Central 241/2012 2012-10-30
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