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Resolución
006/2025
Órgano de contratación
Parte recurrente
Fecha de resolución
13 de enero de 2025
Acto recurrido
Decisión
Este resumen ha sido generado automáticamente por IA. Puede contener errores.
Hechos
La empresa CICLISMO MALLORCA, S.L. interpuso un recurso contra la adjudicación del contrato "Plan de movilidad turística sostenible en Enkarterri, Meatzaldea y Ezkerraldea a través de la bicicleta eléctrica. Plan de Sostenibilidad en Destino de Encartaciones”, tramitado por TURISMO ENCARTACIONES – ENKARTUR. El recurso fue remitido al OARC / KEAO tras ser inadmitido por falta de competencia por el TAFRCB.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 44.1 a) de la LCSP
- Artículo 44.2 c) de la LCSP
- Artículo 3 de la LCSP
- Artículo 56.2 de la Ley 9/2017
- Artículo 58.2 del Real Decreto–ley 36/2020, de 30 de diciembre
- Artículo 65.2 de la LCSP
- Artículos 58.1 a) y 59.2 de la Directiva 2014/24/UE
- Artículo 140.4 LCSP
- Artículo 151.2 de la LCSP
- Artículo 150.1 LCSP
- Artículo 46.1 de la LCSP
- Disposición Adicional Octava de la Ley 5/2010, de 23 de diciembre
- Artículo 57.3 de la LCSP
- Artículo 57.4 de la LCSP
- Artículo 44.1 Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, LJ
- Artículo 46. 1 LJ
- Artículo 10.1 k) LJ
- Artículo 59.1 de la LCSP
- Real Decreto 244/2010, de 5 de marzo
- Orden ITC/1142/2010, de 29 de abril
Esta resolución cita a:
- Euskadi 200/2024 2024-10-30
- Euskadi 117/2019 2019-07-05
Esta resolución aparece citada en:
- Andalucía 339/2026 2026-05-27
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