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Resolució
166/2023
La UTE OHL-CEJAL interpone recurso contra la adjudicación del contrato de limpieza de edificios municipales de Pozuelo de Alarcón a la UTE SAMYL-INAMA. Alegan que no se valoró correctamente su oferta al no otorgarle los 15 puntos por la mejora de maquinaria y que la oferta de la adjudicataria, incursa en baja anormal, no justificó adecuadamente su oferta.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 46.4 de la LCSP
- Artículo 3 de la Ley 9/2010, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y Racionalización del Sector Público
- Artículo 48 de la LCSP
- Artículo 50.1 de la LCSP
- Artículo 44.1.b) y 2. c) de la LCSP
- Artículo 56.2 de la LCSP
- Artículo 53 de la LCSP
- Artículo 21 del Reglamento de los procedimientos especiales de revisión de decisiones en materia contractual y de organización del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (RPERMC), aprobado por Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre
- Artículo 56.3 de la LCSP
- Artículo 1288 Código Civil
- Artículo 58 de la LCSP
- Artículos 10, letra k) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa
- Artículo 59 de la LCSP
Esta resolución cita a:
- Madrid 524/2021 2021-11-18
- Andalusia 336/2018 2018-11-30
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