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Resolución
580/2021
SANIVIDA, S.L. interpone recurso contra la adjudicación del contrato a QUAVITAE SERVICIOS ASISTENCIALES, S.A.U., solicitando la nulidad del informe técnico de valoración y del acuerdo de adjudicación, o subsidiariamente, la nulidad del procedimiento de licitación, alegando falta de motivación en la valoración técnica.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 56.2 de la Ley 9/2017
- Artículo 53 de la Ley 9/2017
- Artículo 21 del Reglamento de los procedimientos especiales de revisión de decisiones en materia contractual y de organización del Tribunal Administrativo Central de Recursos contractuales (RPERMC)
- Real Decreto 814/2015 de 11 de septiembre
- Artículo 56.3 de la Ley 9/2017
- Artículo 46.4 de la Ley 9/2017
- Artículo 3 de la Ley 9/2010, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y Racionalización del Sector Público
- Artículo 48 de la Ley 9/2017
- Artículo 50.1 de la Ley 9/2017
- Artículo 44.1.a) de la Ley 9/2017
- Artículo 44.2.c) de la Ley 9/2017
- Artículo 58 de la Ley 9/2017
- Artículo 59 de la Ley 9/2017
- Artículo 10, letra k) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa
- Artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa
- Artículo 3.5 de la Ley 9/2010
Esta resolución cita a:
- Madrid 323/2019 2019-07-24
- Central 176/2011 2011-06-28
Esta resolución aparece citada en:
- Madrid 388/2024 2024-10-09
- Madrid 371/2024 2024-09-26
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