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Resolución 261/2025

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Hechos

Tras una adjudicación inicial a CONESTEU S.L. que fue anulada parcialmente por el Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía (Resolución 606/2024) para que se le diera la oportunidad de constituir la garantía definitiva, el órgano de contratación excluyó a CONESTEU S.L. del procedimiento. Esta exclusión se basó en que, según el órgano de contratación, CONESTEU S.L. no subsanó adecuadamente ciertos requerimientos de información adicional realizados por la mesa de contratación tras recibir un escrito de otra licitadora (M.B AGENCIA TÉCNICA DE PERITACIONES S.L.) que cuestionaba la validez de la documentación presentada por CONESTEU S.L.

  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
  • Artículo 46 de la LCSP
  • Artículo 48 de la LCSP
  • Artículo 44 apartados 1 a) y 2 b) de la LCSP
  • Artículo 50.1d) de la LCSP
  • Artículo 95 de la LCSP
  • Artículo 59 de la LCSP
  • Artículo 57.2 de la LCSP
  • Artículo 57.4 de la LCSP
  • Artículo 90.1 a) de la LCSP
  • Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa
  • Decreto 332/2011, de 2 de noviembre
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre
  • Artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre
  • Artículo 262 del Código Penal
  • Artículo 262 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

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