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Resolución
1107/2025
IDOSA INGENIERIA, S.L. interpone recurso contra los pliegos de la licitación al considerar que la exigencia del software "Carmen® OCR" integrado en las cámaras como motor principal restringe la libre competencia, ya que existen otros productos en el mercado con similares prestaciones. Además, alega que no se especifican valores de rendimiento ni justificación para dicha exigencia. También se impugna la cláusula que obliga a entregar muestras de los productos ofertados para su verificación técnica, al considerar que introduce una evaluación subjetiva no prevista en los criterios de adjudicación. Finalmente, se argumenta que el PPT no incluye una descripción detallada de las funcionalidades mínimas que deben cumplir los productos, impidiendo a los licitadores conocer con precisión los requisitos técnicos exigidos.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 47 LCSP
- Artículo 50.1.b) LCSP
- Artículo 44.2.a) LCSP
- Artículo 44.1 a) LCSP
- Artículo 48 LCSP
- Artículo 56.2 LCSP
- Artículo 126 LCSP
- Artículo 126.6 LCSP
- Artículo 123 LCSP
- Artículo 124 LCSP
- Artículo 148 LCSP
- Artículo 116.4.e) LCSP
- Artículo 57.2 LCSP
- Artículo 84 del Real Decreto 1098/2001
- Directiva 2014/24
- Artículo 42 Directiva 2014/24
- Artículo 42.4 Directiva 2024/24
- Ley 29/1998, de 13 de julio
- Artículos 11.1 letra f y 46.1 Ley 29/1998
Esta resolución cita a:
- Central 1461/2024 2024-11-14
- Central 1630/2023 2023-12-21
- Central 1033/2023 2023-07-28
- Central 1586/2022 2022-12-22
- Central 1386/2022 2022-11-03
- Central 1270/2022 2022-10-20
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