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Resolución
131/2025
EDIA recurre la adjudicación del contrato de Servicio de Ayuda a Domicilio a ÓBOLO por parte del Ayuntamiento de Zafarraya. EDIA alega que la oferta de ÓBOLO incurrió en baja temeraria, que no se motivó la valoración de las ofertas con criterios sujetos a juicio de valor y que ÓBOLO presentó una garantía definitiva incorrecta.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 46 de la LCSP
- Artículo 44 de la LCSP
- Artículo 48 de la LCSP
- Artículo 50.1 d) de la LCSP
- Artículo 149 de la LCSP
- Artículo 146.2 de la LCSP
- Artículo 139 de la LCSP
- Decreto 332/2011, de 2 de noviembre
- Artículo 10 del Decreto 332/2011
- Artículo 8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
- Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía
- Artículo 11.1.c) de la Ley 5/2010, de 11 de junio
- Artículo 14.2 de la Ley 5/2010, de 11 de junio
- Artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local
- Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre
- Artículo 10 del Real Decreto 814/2015
- Artículo 11 del Real Decreto 814/2015
- Artículo 24 de la Constitución Española
- Artículo 57.3 de la LCSP
- Artículo 57.4 de la LCSP
- Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa
- Artículo 10.1 letra k) de la Ley 29/1998
- Artículo 46.1 de la Ley 29/1998
Esta resolución cita a:
- Andalucía 163/2024 2024-04-16
- Andalucía 175/2017 2017-09-15
- Andalucía 300/2016 2016-11-18
Esta resolución aparece citada en:
- Andalucía 303/2025 2025-05-30
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