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Resolución
1506/2019
Vodafone recurre la adjudicación a Orange del contrato de telecomunicaciones de Renfe, alegando que la oferta de Orange era contradictoria con las especificaciones técnicas y fue modificada tras un correo electrónico de Renfe. El órgano de contratación argumenta que los incumplimientos eran accesorios y no justificaban la exclusión, mientras que Orange defiende que su oferta cumplía con las especificaciones técnicas.
- Ley 31/2007, de 30 de octubre, (LCSE)
- Artículo 101 de la LCSE
- Artículo 45.1 de la Ley 9/2017, de 9 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 104.2 de la LCSE
- Artículo 102 de la LCSE
- Artículo 22.2 del Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre
- Artículo 44.2 letra c de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 139.1 LCSP
- Artículo 50.1.b) LCSP
- Artículo 53.5 de la Directiva 2014/25/UE
- Artículo 84 del Reglamento
- Artículo 81.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre; en adelante, RGLCAP)
- Artículo 57.3 de la LCSP
- Artículo 58.2 de la LCSP
- Artículos 11.1 letra f y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa
Esta resolución cita a:
- Central 1069/2019 2019-09-30
- Central 1123/2018 2018-12-07
- Central 1020/2016 2016-12-08
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