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Resolución
1165/2018
Órgano de contratación
Parte recurrente
Fecha de resolución
17 de diciembre de 2018
Acto recurrido
Decisión
Este resumen ha sido generado automáticamente por IA. Puede contener errores.
Hechos
Una empresa recurre los pliegos de un contrato de servicios jurídicos para la reclamación de deudas, alegando que los requisitos de solvencia económica y técnica, así como el seguro de responsabilidad civil, son desproporcionados y limitan la concurrencia. También considera que los honorarios ofrecidos son antieconómicos y denigran la profesión de abogado.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 46.2 de la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 44.1.a) de la LCSP
- Artículo 44.2.a) del LCSP
- Artículo 50 LCSP
- Artículo 48 LCSP
- Artículo 87.1 a) de la LCSP
- Artículo 74 de la LCSP
- Artículo 90.1 LCSP
- Art. 58 LCSP
- Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo
- Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre (RGLCAP)
- Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre
- Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa
- artículos 10.1.k) y 46.1 de la Ley 29/1998
- artículos 204 y 205 de la LCSP
Esta resolución cita a:
- Central 60/2011 2011-03-08
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