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Resolución
76/2026
El 20 de octubre de 2025 se publicó el anuncio de licitación y los pliegos para el contrato de 'Contratación de la ejecución de una estrategia de Inbound Marketing'. El 23 de octubre de 2025, la entidad XX interpuso un recurso especial que fue presentado electrónicamente. Sin embargo, el recurso no fue remitido al Tribunal de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía hasta el 21 de enero de 2026, lo que supuso una demora de 89 días naturales (aproximadamente 60 días hábiles) desde su entrada en el Registro del Estado. El Tribunal solicitó información a la Diputación Provincial de Málaga sobre la existencia y funcionamiento de su órgano de resolución de recursos, ya que el órgano de contratación está adscrito a dicha Diputación. La información recibida reveló que el órgano de la Diputación se define como una unidad administrativa, no como un órgano con autonomía decisoria, y que sus miembros simultanean otras actividades, lo que plantea dudas sobre su independencia y especialización.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 56.2 LCSP
- Artículo 53 LCSP
- Artículos 49 a 52 LCSP
- Artículo 46.4 LCSP
- Artículo 51.3 LCSP
- Artículo 16.4 LPAC
- Decreto 332/2011, de 2 de noviembre, por el que se crea el Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
- Artículo 1 Decreto 332/2011
- Artículo 10 Decreto 332/2011
- Artículo 10.3 Decreto 332/2011
- Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía
- Artículo 11.1 c) Ley 5/2010
- Artículo 14.2 Ley 5/2010
- Artículo 121 Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local
- Directiva 89/665/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1989
- Considerando 22 Directiva 89/665/CEE
- Artículo 2.3 Directiva 89/665/CEE
- Artículo 2.9 Directiva 89/665/CEE
- Artículo 267 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea
- Artículo 139.1 LCSP
- Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos especiales de revisión de decisiones en materia contractual y de organización del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales
- Artículo 1b) RD 814/2015
- Artículos 10 y 11 RD 814/2015
- Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
- Artículo 5 LRJSP
- Artículo 6 LRJSP
- Artículo 14.1 Ley 40/2015
- Artículo 116 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Artículos 10.1 k) y 46.1 Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa
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