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Resolución 137/2020

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Hechos

La Asociación Española de Empresarios de Servicios Deportivos a las Administraciones Públicas (AEESDAP) interpone recurso contra el anuncio de licitación y el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (PCAP) del contrato de servicios deportivos del Patronato Municipal de Deportes de Fuenlabrada. El recurso se basa en la inclusión de un criterio de valoración que, según el recurrente, no está vinculado al objeto del contrato ni a la obtención de una mejor oferta en relación calidad-precio. El criterio cuestionado es el que valora el porcentaje de contratos indefinidos en la plantilla de la empresa licitadora.

  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
  • Artículo 46.4 de la LCSP
  • Artículo 3 de la Ley 9/2010, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y Racionalización del Sector Público
  • Artículo 4 de los Estatutos de AEESDAP
  • Artículo 5 de los Estatutos de AEESDAP
  • Artículo 48 de la LCSP
  • Artículo 50.1 de la LCSP
  • Artículo 44.1.a) y 2.a) de la LCSP
  • Artículo 145 de la LCSP
  • Artículo 145.2 de la LCSP
  • Artículo 145.6 de la LCSP
  • Artículo 82.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
  • Artículo 56 de la LCSP
  • Artículo 58 de la LCSP
  • Artículo 59 de la LCSP
  • Artículo 122.1 de la LCSP
  • Artículos 10, letra k) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa

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