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Resolución
147/2023
La empresa ECO WC, S.L. interpone recurso contra el informe final de valoración de ofertas, solicitando la modificación de su puntuación y la adjudicación del contrato. Alega que se le deben otorgar puntos por la inclusión de mejoras como gel hidroalcohólico e iluminación exterior en su oferta. El órgano de contratación se opone, argumentando que estas mejoras debían estar incluidas en el proyecto técnico y no solo en el Anexo II.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 56.2 de la Ley 9/2017
- Artículo 46.4 de la LCSP
- Artículo 3 de la Ley 9/2010, de 23 de diciembre
- Artículo 48 de la LCSP
- Artículo 50.1 de la LCSP
- Artículo 82.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre
- Artículo 56 de la LCSP
- Artículo 150.2 de la LCSP
- Artículo 56.3 de la LCSP
- Artículo 52.3 de la LCSP
- Artículo 3.5 de la Ley 9/2010, de 23 de diciembre
- Artículo 58 de la LCSP
- Artículo 10, letra k) de la Ley 29/1998, de 13 de julio
- Artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio
- Artículo 59 de la LCSP
Esta resolución cita a:
- Madrid 185/2022 2022-05-12
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