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Resolución
515/2024
Órgano de contratación
Parte recurrente
Fecha de resolución
15 de noviembre de 2024
Acto recurrido
Decisión
Este resumen ha sido generado automáticamente por IA. Puede contener errores.
Hechos
La empresa recurrente impugna los pliegos del contrato de balizamiento de playas de Roquetas de Mar, alegando que los requisitos de solvencia técnica (certificados ISO 9001, ISO 14001 y registro de huella de carbono) son desproporcionados y restringen la competencia. El Ayuntamiento justifica la exigencia de estos certificados en la memoria justificativa del expediente.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 44 apartados 1.a) y 2.b) de la LCSP
- Artículo 46.1 de la LCSP
- Artículo 50.1 de la LCSP
- Artículo 51.1 de la LCSP
- Artículo 56 de la LCSP
- Artículo 58.2 de la LCSP
- Artículo 74 LCSP
- Decreto 332/2011, de 2 de noviembre
- Artículo 10.3 del Decreto 332/2011
- Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa
- Artículos 10.1 letra k) y 46.1 de la Ley 29/1998
Esta resolución cita a:
- Andalucía 302/2020 2020-09-10
- Andalucía 304/2019 2019-09-24
- Andalucía 237/2015 2015-07-07
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