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Resolución
1165/2019
Una empresa presenta un recurso contra los pliegos de una licitación al considerar que la distribución de los lotes no se ajusta a derecho y limita la competencia. Argumenta que los bienes objeto de suministro están diferenciados y deberían dividirse por lotes según el tipo de instrumentación y sedes destinatarias. El órgano de contratación defiende la agrupación de equipos en un lote basándose en un informe técnico que justifica la necesidad de una plataforma informática unificada y la interconexión de los equipos para garantizar la armonización de metodologías y la eficiencia en la gestión de datos.
- LCSP
- LCSP artículo 44.1 a)
- LCSP artículo 44.2, c)
- LCSP artículo 45
- LCSP artículo 48
- LCSP artículo 49
- LCSP artículo 50.1, a)
- LCSP artículo 56
- LCSP artículo 57.3
- LCSP artículo 58
- LCSP artículo 99.3
- Real Decreto 862/1998, de 8 de mayo, artículo 3
- Ley 29/1998, de 13 de julio, artículo 11.1 letra f)
- Ley 29/1998, de 13 de julio, artículo 46.1
- LO 19/2003
- Directiva 2014/24/UE
- UNE-EN ISO/IEC 17025
Esta resolución cita a:
- Central 1201/2018 2018-12-28
Esta resolución aparece citada en:
- Andalucía 652/2025 2025-10-24
- Andalucía 641/2025 2025-10-21
- Andalucía 628/2025 2025-10-17
- Andalucía 471/2025 2025-08-08
- Andalucía 385/2025 2025-07-01
- Andalucía 107/2025 2025-02-21
- Andalucía 430/2024 2024-10-04
- Andalucía 609/2023 2023-12-01
- Andalucía 608/2023 2023-12-01
- Andalucía 348/2023 2023-07-07
- Andalucía 300/2023 2023-06-02
- Andalucía 58/2023 2023-01-27
- Andalucía 312/2022 2022-06-10
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