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Resolució
0691/2026
El Instituto Balear de Infraestructuras y Servicios Educativas (IBISEC) convocó un concurso de proyectos para la construcción de un conservatorio y escuelas superiores. La UTE MANGADO Y ASOCIADOS S.L SANABRIA & PLANAS-GALLEGO ARQUITECTOS S.L.P. fue seleccionada entre los tres finalistas para presentar su anteproyecto. Al abrir el sobre de propuestas arquitectónicas, el Jurado detectó que en la pestaña de "Datos Generales" de la Plataforma de Contratación del Sector Público, correspondiente al lema "TÉCHNE" de la UTE recurrente, se había indicado un correo electrónico ([email protected]) que permitía identificar al licitador. Por unanimidad, el Jurado decidió excluir la propuesta "TÉCHNE" por vulneración del anonimato, basándose en las cláusulas 12.2.1 y 15.2 de las Bases del Concurso y el artículo 187.4 de la LCSP. La resolución de exclusión fue notificada el 23 de diciembre de 2025. El recurrente solicitó acceso al expediente y a la información de los correos de los otros licitadores, lo cual le fue concedido parcialmente. Posteriormente, interpuso recurso especial contra la exclusión.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, artículos 44.1 a), 44.2 b), 46.2, 47.5, 48, 50.1 c), 56.3, 57.3, 58.2, 187.1, 187.4, 187.6
- Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre, por el que se prueba el Reglamento de los procedimientos especiales de revisión en materia contractual y de organización del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, artículos 22.1.1º, 24.2
- Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, artículos 10.1 k), 46.1
Esta resolución cita a:
- Central 1027/2022 2022-09-07
- Central 1088/2021 2021-09-09
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