Especificación técnica
Se prohíbe el uso de:
- ambientadores
- pastillas o sustancias perfumadas para urinarios
- vaporizadores con gases propelentes
- desinfectantes o productos con desinfectantes (como la lejía) para la limpieza general, excepto en los aseos y aquellas superficies para las que se especifique.
Modo de acreditación
Los 3 productos de limpieza de uso habitual (es decir el limpiador multiusos, limpiacristales y limpiador de baños) cumplirán con los requisitos de alguna ecoetiqueta tipo I, como la Etiqueta Ecológica de la Unión Europea, el Cisne Nórdico o equivalente, en cuanto a la presencia de compuestos químicos en la formulación del producto.
Objetivos y justificación
La introducción de criterios ambientales en la contratación de limpieza de edificios se deberá centrar en los siguientes aspectos:
- Prohibición del uso de algunos productos de limpieza por cuestiones ambientales.
- Uso de productos de limpieza que cumplan con los requisitos de alguna ecoetiqueta tipo I para asegurar el uso de productos con menor componente tóxico.
- Priorización de productos de origen reciclado.